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martes, 25 de octubre de 2022

¿Se hará o no al final el concierto de Andy y Lucas en Playa Blanca?

¿Se hará o no al final el concierto de Andy y Lucas en Playa Blanca?

Puntualizar previamente que este es un concierto privado realizado por una productora particular, esté espectáculo ya está anunciado y pretende celebrarlo durante tres días el 28,29 y 30 de Octubre.¡Como eran poco parió la Abuela!

Como ya hemos indicado dos veces públicamente si partimos de la base que todas las solicitudes oficiales se deben realizar con una antelación mínima  de 15 días hábiles a la fecha de celebración del acto.¿Como se realizará el concierto en Playa Blanca?

Todas las solicitudes, proyecto y documentos necesarios deberán ser presentados y solicitados exclusivamente por el responsable y organizador del evento público en un plazo mínimo de 15 días hábiles. ¿Cuando se realizó la solicitud para el concierto de Playa Blanca?

La celebración de cualquier espectáculo público, así como la ejecución de las instalaciones desmontables en las que los mismos se celebren, requerirá, con carácter general, la previa obtención de un título habilitante en forma de autorización.

El título habilitante por el que se autorice el espectáculo llevará implícita, cuando aquel se desarrolle sobre bienes de titularidad pública de la Administración competente para resolver, la habilitación para el uso temporal de dichos bienes.

Esto quiere decir que el organizador del " Sunset Festival" previamente y como es de Ley tenía que haber solicitado el uso del suelo al Ayuntamiento de Yaiza para la realización del espectáculo en terreno de su propiedad y una vez concedida la autorización dirigirse a las áreas pertinente del  ayuntamiento para finalizar el resto de trámites necesarios y presentar toda la documentación que precisa.¿Se le cobrará canon por el uso del suelo a esta empresa privada.

Tras realizar los trámites previos con el Ayuntamiento de Yaiza  el organizador debe poner de forma obligatoria  en conocimiento de la Oficina Técnica de Urbanismo y Actividades Clasificadas su intención de realizar el evento en el municipio.

Los responsables de dichas áreas municipales pondrá en conocimiento del organizador del "Sunset Festival"toda la tramitación que precisa y la documentación que tiene que presentar obligatoriamente.

"Documentación a aportar en el Ayuntamiento"

El procedimiento para la autorización de espectáculos públicos se iniciará a instancia de la persona interesada mediante solicitud dirigida al Ayuntamiento, con quince días de antelación a la celebración del evento o espectáculo público.

La solicitud deberá incluir el siguiente contenido:

1. Nombre y apellidos de la persona o entidad interesada y, en su caso, de la persona que lo represente, así como la identificación del medio preferente o del lugar que se señale a efectos de notificaciones.

2.Determinación del tipo de espectáculo público que se pretende celebrar y tipo de lugar o recinto.

3. Determinación aproximada del número de espectadores que se prevea que asistan y aforo máximo del local o recinto.

4.Determinación de las estructuras permanentes desmontables que requieren de certificado técnico de estabilidad y seguridad, así como otras instalaciones que se pretendan colocar.

5.Lugar y fecha.

6.Firma de la persona solicitante o acreditación de la autenticidad de su voluntad expresada por cualquier medio.

7. Órgano, centro o unidad administrativa a la que se dirige.

Asimismo, declara bajo su responsabilidad que:

8. Que tiene contratada o contratará una póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra el riesgo por la celebración del evento/espectáculo público de referencia, conforme a lo exigido en el artículo 60 y siguientes del Reglamento de Actividades Clasificadas y Espectáculos Públicos aprobado por Decreto 86/2013, de 1 de agosto, y de disponibilidad de la finca o local.

En caso que el evento/espectáculo público cuente con la instalación de estructuras no permanentes desmontables a las que se refiere el artículo 21.2 del Reglamento de Actividades Clasificadas y Espectáculos Públicos, en el momento de su celebración dispondrá de la siguiente documentación:

a. Certificaciones expedidas por técnico competente que acrediten el correcto montaje y funcionamiento de la instalación.

b. Manuales de instrucciones y certificaciones de las obras realizadas en el lugar del emplazamiento, en su caso.

c. Los referidos documentos los presentará por Registro de Entrada  para su incorporación al expediente de que se trate.

d. Se dispondrán cabinas dotadas de inodoro y lavabo, en el caso de que sea exigible, según lo dispuesto en el artículo 14.2 del Reglamento de Actividades Clasificadas y Espectáculos Públicos.

f. Si se trata de un evento o espectáculo público ruidoso o con actividad musical se aporta cumplimentados la DECLARACIÓN RESPONSABLE MEDIOAMBIENTAL DE EVENTOS Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS y los ANEXOS que procedan.

g. Proyecto técnico, memoria de seguridad o lo que es lo mismo plan de autoprotección del recinto  y plan de seguridad del evento, estudio de impacto acústico y dispositivo de asistencia de asistencia sanitaria.

h. El Responsable de la promotora u organizadora, donde haga constar el compromiso de contratación de una póliza de seguro de responsabilidad civil detallando cobertura que cubra el riesgo de las indemnizaciones a terceros, y el riesgo de la finca o local, así como, en su caso, los daños que se pueda causar al dominio público municipal.

i. Documento acreditativo de la disponibilidad del  recinto para la realización del espectáculo y, tratándose de bienes públicos pertenecientes a administraciones distintas de la que haya de resolver, el oportuno título habilitante para el uso del inmueble.

j. Acreditación de que el concierto cuenta con los correspondientes servicio de seguridad privada según Art. 11 D. 86/2013.

K. En el caso de que la actividad suponga la ocupación del dominio público municipal

l. Justificante de pago Tasa Ocupación D. Público Puestos o Industrias Callejeras y Ambulantes, Actividades Recreativas y Espectáculos.

m. En el caso de que el espectáculo o actividad para la que solicita autorización esté dirigida o implique contacto con menores.

Certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales de cada una de las personas que participan en el espectáculo o actividad.

* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite. Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias de Canarias

ANDY Y LUCAS CONFIRMO NUEVA FECHA PARA SU CONCIERTO EN LANZAROTE.

¡SORPRESA!

Andy y Lucas, de Arrecife a Playa Blanca

Se dice que el Ayuntamiento de Yaiza está estudiando la posibilidad de celebrar el concierto que tuvo que suspenderse en la capital por no entregarse dentro de tiempo y forma una documentación que quien único debe solicitar y presentar es la productora.

El Ayuntamiento de Yaiza por mucho que éste  estudiando la posibilidad de asumir la celebración del concierto de Andy y Lucas, dentro del Sunset Festival, para el jueves 27 de Octubre legalmente le sería imposible porque la ley es muy clara y está indica que la solicitud para la realización de un evento público se debe realizar como mínimo con 15 días hábiles de antelación para luego poder seguir con el resto de la tramitación, pero se debe solicitar por la productora.

El concierto, que estaba previsto para el fin de semana pasado en Arrecife, no pudo celebrarse por problemas de retraso en las tramitaciones y concesiones administrativas por culpa de la productora que no solicito, ni presentó dentro de tiempo y forma la documentación, si hasta el sábado pasado 22 de Octubre estaba previsto realizar en arrecife y se suspendió es humanamente imposible que 5 días después se pueda realizar legalmente en Playa Blanca.

De momento dice que, se está pendiente de los últimos detalles para conseguir todos los permisos que darían seguridad jurídica a la celebración de este evento musical y festivo, pero está claro que existe un problema insalvable y es que la solicitud presuntamente no entro dentro de tiempo y forma por lo tanto el resto de la tramitación es imposible que se realice.

Advertencia  en la primera semana de noviembre se solicitar de forma oficial copia de la documentación requerida al productor para la celebración de este evento en Playa Blanca y de no ajustarse a los requerimientos legales terminarán todos los responsables en los tribunales, la ley se debe respetar y debe aplicarse a todo el mundo por igual.

¿SE ARRIESGARÁ INTERVENCIÓN Y LOS TÉCNICOS A FIRMAR Y AUTORIZAR ESTOS EVENTO PÚBLICO SI NO CUENTA CON TODO LO REGLAMENTADO? 

No quisiéramos creer que ningún técnico, interventor o político quieran correr ningún tipo de riesgo judicial aprobando un evento público que pueda presuntamente no estar ajustándose a la realidad  y más aún cuando ya se les está advirtiendo públicamente.

Hay quienes creen que por ser político pueden hacer lo que le viene en gana y luego se lamenta cuando se ven ante los tribunales.

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