sábado, 13 de junio de 2009

RECLAMACIONES al Presupuesto General Municipal de la corporación de San Bartolomé

El Grupo Político de Coalición Canaria en el Ayuntamiento de San Bartolomé de Lanzarote, de conformidad con lo establecido en la Ley 39/1988, de 28 de Diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales y resto de legislación de aplicación, presenta ante el Pleno Municipal las siguientes RECLAMACIONES al Presupuesto General Municipal de la corporación y sus Bases de Ejecución ( aprobado el 25 de Mayo de 2.009 y publicado en el B.O.P. el 29 de Mayo de 2.009 ) :

1. Mayor inversión en Ayudas Sociales.

2. Incrementar la inversión en supresión de barreras arquitectónicas.

3. Incrementar la inversión en los centros socioculturales.

4. Incrementar el gasto corriente para guarderías.

5. Verificar con el Comité de Empresa del Ayuntamiento las diferencias entre el Presupuesto del 2.009 y el del 2.008, en el capítulo de personal, ya que existen diferencias que se corresponden con la aparición de nuevos puestos de trabajo y la desaparición de otros.

6. En el Capítulo I, de personal, reducir el número de Concejales con dedicación exclusiva, de siete a tres, dada la situación económica del ayuntamiento.
Por otra parte reducir en un 10 % los sueldos de los concejales que queden en dicha dedicación exclusiva y las asistencias a Junta de Concejales y Plenos de los demás miembros de la corporación.

7. Crear una partida de Reconocimiento de Deuda Extrapresupuestaria para las empresas a las que el Ayuntamiento les debe cantidades económicas, en gastos Corrientes de Hacienda y Estadística.

8. La suma de las cantidades económicas de las anteriores partidas que solicitamos, proponemos que se detraigan de Gastos de Personal y Gastos Corrientes del Área de Alcaldía, concretamente de las partidas de “ Retribuciones de Órganos de Gobierno “ y “ Dietas de Cargos Electos “.

9. Por último, proponemos que el plazo de exposición pública para realizar reclamaciones al Presupuesto Municipal y sus Bases de Ejecución se amplíe 2 meses. Tiempo en el cual se convocará el Consejo Sociocultural Municipal, donde están representados los colectivos sociales y vecinales del municipio, para conocer, estudiar, debatir y hacer propuestas a dicho presupuesto ( según se regula en el Artículo 3, apartado b) de la Ordenanza Municipal nº 47, reguladora del Consejo Sociocultural Municipal ). Así como que se convoque al Comité de Empresa del Ayuntamiento y, por último, la Comisión Informativa de Hacienda para los informes preceptivos sobre dicho presupuesto.

JUAN ANTONIO DE LA HOZ GONZÁLEZ
PORTAVOZ MUNICIPAL DE COALICIÓN CANARIA EN EL AYUNTAMIENTO DE SAN BARTOLOMÉ DE LANZAROTE

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