¿Cumple en tiempo y forma la solicitud del concierto de Andy Lucas en Playa Blanca?
Cuándo haces las cosas en tiempo y forma, significa que lo haces en el periodo que se asigna o que se tiene comprendido para dar cumplimiento a lo legalmente reglamentado por ejemplo la fecha mínima para realizar y presentar la solicitud de un evento público es de 15 hábiles, si no se realiza dentro de este plazo establecido no se podría no se podría hacer ningún movimiento documental y mucho menos aun celebrar porque se estaría vulnerando lo establecido.¡De celebrarse el concierto pediremos oficialmente la documentación presentada y de no estar en regla solicitaremos al Juzgado que se abra la correspondiente investigación.
Partiendo de la base de que esto es un concierto privado y que el responsable principal y único de lo que ocurra con el mismo es la productora organizadora, no será difícil averiguar quién es el principal responsable de solicitar y presentar toda la documentación.
El próximo jueves 27 se pretende celebrar en la Plaza del pueblo de Playa Blanca en Yaiza en concierto de Andy y Lucas y desconocemos si este se realizará cumpliendo toda la reglamentación estipulada.
Quien debe presentar la solicitud para la realización del evento es la mercantil RAÚL RIVERO & ASOCIADOS SOCIEDAD LIMITADA para la AUTORIZACIÓN de un espectáculo denominado “"SUNSET ARRECIFE FESTIVAL" en el cual actúa el Dúo Musical Andy Lucas.
Comenzar indicando que está empresa es la que tenía que solicitar y presentado dentro de tiempo y forma los permisos, autorizaciones, proyectos y documentos pertinentes que precisa para la realización de este evento musical.
Toda la documentación legal que se precisa, proyectos, solicitudes y permisos para este tipo de evento privado, tiene que ser presentado solo y exclusivamente por la empresa privada organizadora del festival y no por el ayuntamiento.
Esta documentación no la puede buscar, realizar y presentar áreas o personal del ayuntamiento como pueden ser los asesores, los técnicos o los concejales del ayuntamiento de Yaiza porque estaríamos hablando de trato de favor, tráfico de influencia y prevaricación.
"La documentación y permisos para los conciertos privados es competencia exclusiva del organizador"
¡NO SOLO PRECISA LA CONCECIÓN DEL SUELO"
Puntualizar y dejar muy claro que independiente a la autorización del ayuntamiento para la concesión del suelo para el uso del espacio también la productora precisa de otros muchos documentos para la organización de un evento público.
PERMISOS PARA ORGANIZAR UN CONCIERTO
La organización de conciertos es una labor cuya complejidad no se limita al marketing, a la publicidad o al booking y management de grupos musicales. Existen una serie de aspectos legales que se deben tener muy en cuenta de forma obligatoria. A continuación, vamos a ver solo algunos de los permisos para organizar un concierto que será indispensable solicitar para que tengan lugar estos eventos.
"Requisitos y permisos para organizar un concierto"
Póliza de seguros contra Accidentes y Daños. ...
Permiso de Realización. ...
Permiso de Infraestructuras. ...
Certificado de montaje. ...
Apoyo de la Policía. ...
Propiedad intelectual: licencia de la SGAE. ...
Plan de evacuación. ...
Instalación técnica etc..
La organización de un conciertos necesita licencias o permisos expedidos, bien por las autoridades, bien por otros organismos involucrados de uno u otro modo.
Por ejemplo, sobre el espacio donde se celebrará el concierto, será imprescindible que este disponga de las licencias adecuadas en regla.
"Permisos para organizar un concierto"
Además, el recinto debe contar con un protocolo de medidas contra incendios, así como con un plan de evacuación y personal dedicado a la vigilancia.
Dependiendo del evento, se debe contar con la presencia de la Policía, de Protección Civil y cuerpo de emergencia.
No hay que olvidar la disposición de baños públicos a disposición tanto del staff como de los asistentes, con su correspondiente circuito de saneamiento.
REQUISITOS Y PERMISOS PARA ORGANIZAR UN CONCIERTO
La repercusión que tienen los conciertos, como eventos públicos que son, hace que las autoridades locales requieran a los organizadores que cumplan con ciertos puntos para garantizar la seguridad de los ciudadanos o la conservación de las infraestructuras.
PÓLIZAS DE SEGUROS CONTRA ACCIDENTES Y DAÑOS
En todo evento público, las autoridades obligan al organizador a velar por la seguridad de los asistentes y a delimitar quién asumirá la responsabilidad civil ante posibles daños o accidentes durante el concierto. Los ayuntamientos suelen exigir que se contrate un seguro que cubra estas posibles situaciones. Sin esta póliza, no se otorgará ninguna licencia adicional.
PERMISO DE REALIZACIÓN
Es fundamental contar con un permiso de realización expedido por el ayuntamiento de la localidad donde se celebre el concierto. En este documento, las autoridades locales darán su conformidad con la celebración del evento en el lugar y el horario que se haya solicitado.
PERMISO DE INFRAESTRUCTURAS
Este permiso consiste en que el organizador obtenga la concesión de uso de infraestructuras públicas para la realización del concierto, si es que este no tuviera lugar dentro de un espacio privado (en cuyo caso, regiría la propia Licencia de Actividad del local donde transcurriese). Este trámite consiste en solicitar la Autorización de Actos en la Vía Pública al ayuntamiento de la localidad en cuestión.
CERTIFICADO DE MONTAJE
Asimismo, cada ayuntamiento se encarga de expedir un certificado con las directrices de montaje y desmontaje del equipo técnico necesario para el concierto, comprendiendo escenario, equipos de luces y sonido, carpas, etcétera.
APOYO DE LA POLICÍA
Dependiendo de la naturaleza o envergadura del concierto, puede ser que las autoridades locales soliciten la presencia de la Policía en aras de preservar la seguridad ciudadana. El organizador deberá facilitar toda la información que los Cuerpos de Seguridad requieran sobre el evento, así como darles libertad de actuación en el recinto.
"ASPECTOS LEGALES SOBRE LA ORGANIZACIÓN DE CONCIERTOS"
PLAN DE EVACUACIÓN
Como hemos visto, las autoridades dan una gran importancia a la seguridad de los asistentes, y el organizador debe actuar en consecuencia proporcionando un plan de evacuación en caso de emergencia en el recinto.
INSTALACIÓN TÉCNICA
Asimismo, se necesitará que todo el equipamiento que se utilice durante el concierto sea inspeccionado por técnicos expertos para evitar desde un simple apagón hasta un posible incendio.
REVISIÓN DE INFRAESTRUCTURAS
Es posible que puedan surgir problemas por un andamio mal colocado, una canaleta desprendida, unos escalones mal señalizados o unas gradas en mal estado. Es imprescindible acreditar que las infraestructuras están en buen estado, nuevamente siguiendo un criterio de máxima seguridad para los asistentes.
Además precisará los correspondientes proyectos, memorias técnicas y los boletines y medidas de seguridad de toda la infraestructura que se monte en el evento etc....
"Muy importante"
Si la productora no entrego presuntamente dentro de tiempo y forma toda la documentación que precisaba como organizador del evento el espectáculo no se podrá celebrar, como se podrá entender y es lógico está empresa privada es la única responsable de lo ocurrido, el ayuntamiento bajo ningún concepto debe hacerse responsable de la no realización del festival por no haberse entregado la documentación a tiempo.
Esperemos que esté espectáculo público se realice cumpliendo estrictamente la ley para que se puedan evitar reclamaciones judiciales.
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