miércoles, 24 de mayo de 2017

La desaladora de Montaña Roja carece de Licencia de Actividades Clasificadas cuya consecuencia jurídica debe ser la clausura y cese definitiva de la actividad

La desaladora de Montaña Roja carece de Licencia de Actividades Clasificadas cuya consecuencia jurídica debe ser la clausura y cese definitiva de la actividad



El Ayuntamiento de Yaiza tramitó por error al Juzgado otro documento que consideró que era la Licencia de Actividades posteriormente ha tenido que rectificar 


El Cabildo de Lanzarote informa de que la planta desaladora del Plan Parcial Montaña Roja carece de licencia de actividades clasificadas, cuya consecuencia jurídica debe ser la clausura del establecimiento y cese definitivo de la actividad de esta industria, según establece la legislación vigente.

Los hechos vienen acontecidos por un error del Ayuntamiento de Yaiza que confundió la documentación del expediente.

El pasado 23 de enero, el Juzgado de Instrucción número 2 de Arrecife, dentro de las Diligencias 3320/2014, solicitó mediante un requerimiento al Ayuntamiento de Yaiza que remitiera la licencia de actividad clasificada para la industria desaladora del Plan Parcial Montaña Roja.

En respuesta al requerimiento ejercitado por el Juzgado, el Ayuntamiento de Yaiza mediante oficio de 17 de enero de 2017, envió un documento considerando que se trataba de una copia de la licencia de actividad.

Sin embargo, unos meses después a dicha remisión del documento, con fecha 19 de mayo, como consecuencia de una solicitud en la que se le requería para que remitiera copia del expediente completo de la licencia de actividades clasificadas de industria desaladora y, en concreto, la solicitud de licencia de actividad clasificada presentada, el proyecto técnico adjunto a la solicitud, así como los informes técnicos municipales y la licencia, el Ayuntamiento de Yaiza detectó que el documento que en su día envió al Juzgado, evidentemente no era una licencia de actividad clasificada, debiéndose a un “error”.

Precisamente, al percatarse de dicho error el Ayuntamiento ha dirigido escrito al Juzgado en el que se indica que “no consta la existencia ni de expediente de licencia de actividad clasificada ni de licencia de actividad clasificada”.


Ante estos nuevos acontecimientos jurídicos suscitados de esta actividad de Club Lanzarote en el Plan Parcial Montaña Roja, el presidente del Cabildo de Lanzarote, Pedro San Ginés, manifiesta nuevamente su preocupación ya que “la captación, potabilización y desalación de aguas, así como la depuración de aguas residuales está sometida a licencia de actividad clasificada, y al no tener dicha licencia, la consecuencia jurídica es obvia y viene establecida en la legislación, que debiera ser la clausura del establecimiento y cese definitivo de la actividad”, aunque éste -añade San Ginés- “no es el único motivo para su clausura”.

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