viernes, 16 de junio de 2017

España dará 430 euros al mes a jóvenes que ni estudian ni trabajan

España dará 430 euros al mes a jóvenes que ni estudian ni trabajan

Los jóvenes menores de 30 años que no estudien ni trabajen podrán beneficiarse del subsidio durante 18 meses. La partida asciende a 500 millones de euros y ya está contemplada en los presupuestos de 2017.

Fátima Báñez, Ministra de Empleo, ha sido la encargada de anunciar la medida. El Gobierno destinará una partida de hasta 500 millones de euros de los presupuestos de 2017 para ayudar a los jóvenes menores de 30 años que ni estudien ni trabajen. El complemento salarial se incluye dentro del acuerdo de investidura de Ciudadanos con el PP para apoyar la investidura de Mariano Rajoy.


Los destinatarios recibirán una ayuda de 430 euros al mes por un mínimo de 12 meses y hasta un máximo de 18. Para poder optar al subisidio deberán aceptar un contrato de formación y aprendizaje. Para ello deberán registrarse en el sistema europeo de Garantía Juvenil, un programa destinado a que los jóvenes reciban una oferta de formación, educación o empleo tras haber finalizado sus estudios o encontrarse en situación de desempleo.


El pasado año, apenas un 20% de los "ninis" con edades comprendidas entre los 16 y los 30 años se había registrado. Sin embargo, desde Empleo aseguran que la ampliación de las medidas de inserción, aprobadas en diciembre, supuso un aumento más que notable. A día de hoy, 608.000 jóvenes están inscritos en la Garantía Juvenil de los cuales 206.000 ya tienen un contrato, según los datos facilitados por Báñez. La ministra de Empleo espera que hasta 800.000 jóvenes puedan beneficiarse de la ayuda.



¿Qué es la Garantía Juvenil?

Garantía Juvenil

La Garantía Juvenil es una iniciativa europea que pretende facilitar el acceso de los jóvenes al mercado de trabajo. En España se enmarca en la estrategia de Emprendimiento Joven aprobada en febrero de 2013 por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social. La Recomendación sobre la Garantía Juvenil establece que los jóvenes puedan recibir una oferta de empleo, de educación o formación tras haber finalizado sus estudios o quedar desempleados.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Los jóvenes que cumplan los siguientes requisitos:

Tener nacionalidad española o ser ciudadanos de la Unión o de los Estados parte del Acuerdo Económico Europeo o Suiza que se encuentren en España en ejercicio de la libre circulación y residencia. También podrán inscribirse los extranjeros titulares de una autorización para residir en territorio español que habilite para trabajar.

Estar empadronado en cualquier localidad del territorio nacional español.

Tener más de 16 años y menos de 25, o menos de 30 años, en el caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, en el momento de solicitar la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Además, los mayores de 25 años y menores de 30 cuando, en el momento de solicitar la inscripción en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, la tasa de desempleo de este colectivo sea igual o superior al 20 por ciento, según la Encuesta de Población Activa correspondiente al último trimestre del año.

No haber trabajado en el día natural anterior a la fecha de presentación de la solicitud.

No haber recibido acciones educativas en el día natural anterior a la fecha de presentación de la solicitud.

No haber recibido acciones formativas en el día natural anterior a la fecha de presentación de la solicitud.


Presentar una declaración expresa de tener interés en participar en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, adquiriendo un compromiso de participación activa en las actuaciones que se desarrollen en el marco de la Garantía Juvenil. En el caso de los demandantes de empleo bastará con su inscripción en los servicios públicos de empleo.

Asímismo, la inscripción o renovación como demandante de empleo en un Servicio Público de Empleo implica la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, si se cumplen los requisitos indicados.

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Incentivos a la contratación y el emprendimiento.

En el marco de la Garantía Juvenil se establecen bonificaciones para los trabajadores por cuenta propia o autónomos, bonificaciones para la contratación por medio de un contrato de formación y aprendizaje y se mantienen las ventajas previstas para los contratos a tiempo parcial con vinculación formativa para los jóvenes inscritos en Garantía Juvenil.

Cómo darse de alta en el sistema

Para ser beneficiario de la Garantía Juvenil se deben cumplir los requisitos establecidos y acceder al fichero del Sistema de Garantía Juvenil para inscribirse.


Acceso al registro con DNI electrónico o certificado
La forma más sencilla y rápida de acceder al registro es a través de DNI electrónico, certificado electrónico reconocido u otros medios que se establezcan normativamente y que se habilitarán para su empleo por parte de las personas usuarias.

Información para obtenerlo

También las Cámaras de Comercio emiten el certificado digital. Para solicitarlo a través de ellas busca tu Cámara más cercana aquí
Acceso de forma asistida
En el caso de que no se disponga de DNI electrónico o Certificado Digital la solicitud de inscripción se puede realizar con la ayuda de personal especializado a través de:

- Oficina de las Cámaras de Comercio únicamente presentando el DNI. En estas oficinas se proporcionará al interesado de forma gratuita un Certificado Digital, que podrá utilizar también para futuras gestiones, y se podrá formalizar la solicitud de inscripción con el apoyo de personal cualificado.



- Centros y servicios de la Red SIJ (Servicios de Información Juvenil) únicamente presentando el DNI. En coordinación con INJUVE en estas oficinas se proporcionará al interesado el código de activación para el acceso al sistema a través de usuario y contraseña, y se podrá formalizar la solicitud de inscripción con el apoyo de personal cualificado.
Acceso a través del Sistema Cl@ve
Se trata de una plataforma común para la identificación, autenticación y firma electrónica, un sistema interoperable y horizontal que evita a las Administraciones Públicas tener que implementar y gestionar sus propios sistemas de identificación y firma, y a los ciudadanos tener que utilizar métodos de identificación diferentes para relacionarse electrónicamente con la Administración.

Acceso con usuario y contraseña
Los jóvenes interesados en iniciar la inscripción telemática que no dispongan de identificación electrónica podrán solicitar su usuario y contraseña cumplimentando el formulario adjunto y entregándolo en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración General del Estado, de las comunidades autónomas o de las entidades establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992.

Después de entregar el impreso, el interesado recibirá por correo electrónico la comunicación de su código de activación que deberá introducir en el enlace Activar usuario situado en la página de acceso al Sistema para obtener su contraseña.
Otras formas de acceso
La inscripción se debe de realizar por vía telemática en todos los casos con la excepción de aquellas personas que se encuentran en riesgo de exclusión social que cuenten con el certificado que lo acredite y/o discapacidad reconocida. Estas personas se podrán inscribir mediante la presentación del formulario adjunto en las oficinas de registro de la Administración General del Estado y de las comunidades autónomas y de las Entidades establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992.


La inscripción o renovación como demandante de empleo en un Servicio Público de Empleo implica la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, si se cumplen los requisitos exigidos.
Usuarios registrados
Una vez que el interesado se ha dado de alta en el sistema podrá recibir ofertas del catálogo de actuaciones que se recogen en el Plan de Implantación de la Garantía Juvenil y/o en la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven a través de su Comunidad Autónoma, la Administración General del Estado, las entidades que colaboran en la gestión del Fondo Social Europeo o de las empresas que deseen aplicarse alguno de los incentivos previstos en la normativa vigente para la contratación de jovenes.


Los requisitos que hay que cumplir para acceder a la ayuda de 430 euros

Esta ayuda elevará hasta los 1.137 euros el salario de los "ninis" que logren un contrato de formación

La ministra de Empleo Fátima Báñez. 
La ministra de Empleo, Fátima Báñez, anunció ayer la creación de una nueva prestación de 430 euros que beneficiaría a los jóvenes que, partiendo de una situación en la que ni estudian ni trabajan, obtienen contratos de formación y aprendizaje en las empresas.

1-Complemento salarial

La prestación será en realidad un complemento salarial para los jóvenes con contratos de formación. Esto es, los 430 euros mensuales se sumarán a los 707,7 euros del salario mínimo interprofesional, que es la retribución básica en ese tipo de contratos. Esto es, aquel joven que acceda a la prestación dispondrá de unos ingresos mensuales de al menos 1.137,7 euros.

2-Año y medio de plazo

La prestación tendrá una duración de dieciocho meses, según anticipó Báñez, si bien el plazo definitivo está sujeto a posibles variaciones durante una negociación pendiente con los agentes sociales.

3-Inscritos en la Garantía Juvenil

Para ser beneficiario de la prestación hay que estar inscrito en el Programa de Garantía Juvenil, que gestiona el Ministerio de Empleo. Los requisitos son ser menor de 30 años y no estar trabajando ni estudiando en el momento de la inscripción. Aunque sobre el papel se trata de un programa para los llamados "ninis", la definición de estos se entiende en sentido amplio, de forma que se incluye a las personas que tienen estudios terminados si en la actualidad no están trabajando ni ampliando su formación.

4-La financiación

Los Presupuestos Generales del Estado de este año prevé una partida de 500 millones de euros para la nueva prestación.

5-Acuerdo PP-Ciudadanos

La creación del complemento salarial fue incluida en el acuerdo entre PP y Ciudadanos para la investidura de Mariano Rajoy.

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